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Marco normativo de la primera infancia en Colombia: qué dice cada norma

·Normativa educativa·6 min de lectura

Marco normativo de la primera infancia en Colombia: qué dice cada norma

Marco normativo de la primera infancia en Colombia: qué dice cada norma

El marco normativo de la primera infancia en Colombia no es una sola ley, sino una cadena de normas sumadas entre 1968 y 2016. Cada eslabón resolvió un problema distinto: crear la entidad que atiende a los niños, incorporar un tratado internacional, expedir un código propio para la niñez, asignar recursos, focalizar la atención por ingresos y definir la educación inicial como derecho fundamental. Ninguna borró a la anterior, así que para entender una obligación hay que saber de qué norma sale.

Esta es la lista que publica el ICBF, con el aporte de cada pieza.

NormaQué aporta al marco
Ley 75 de 1968Dicta normas sobre filiación y crea el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Ley 12 de 1991Aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989
Ley 1098 de 2006Promulga el Código de la Infancia y la Adolescencia, deroga el Código del Menor y establece en su artículo 29 el derecho al desarrollo integral de la primera infancia
CONPES 109 de 2007Materializa el documento Colombia por la Primera Infancia y fija estrategias, metas y recursos al Ministerio de la Protección Social, al Ministerio de Educación y al ICBF
Ley 1295 de 2009Reglamenta la atención de los niños y niñas de la primera infancia en los sectores 1, 2 y 3 del Sisbén
Decreto 0987 de 2012Modifica la estructura del ICBF
Ley 1804 de 2016Su artículo 5 es la referencia que usa el ICBF para definir la educación inicial como derecho fundamental desde la gestación hasta los 4 años, 11 meses y 29 días

Las tres primeras normas construyen el piso institucional y legal, el CONPES lo aterriza en metas y recursos y la última fija el concepto que hoy se usa.

Ley 75 de 1968: el ICBF nace en una ley sobre filiación

La Ley 75 de 1968 hace dos cosas en un mismo texto: dicta normas sobre filiación, el vínculo legal que une a un niño con su padre y con su madre, y crea el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Note el detalle: la norma fundacional no habla de jardines ni de educación inicial.

Por eso el ICBF no aparece en el marco solo como prestador de un servicio educativo, sino como una institución que también responde por asuntos de familia. Cuando se pregunta por qué tiene competencias que van más allá de lo pedagógico, la respuesta arranca en 1968.

Ley 12 de 1991: la Convención sobre los Derechos del Niño

La Ley 12 de 1991 aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. Aprobar un tratado no es un trámite protocolario: la Convención entra al ordenamiento interno y desde entonces las normas colombianas sobre niñez se leen sobre ese piso.

A partir de 1991, el punto de partida para hablar de primera infancia ya no es solo lo que decida el legislador nacional, sino un compromiso asumido ante la comunidad internacional. Las leyes posteriores se apoyan en esa base.

Ley 1098 de 2006: el Código de la Infancia y la Adolescencia

La Ley 1098 de 2006 promulga el Código de la Infancia y la Adolescencia y deroga el Código del Menor. El cambio no es solo de nombre: el país pasa a tener un código propio para la niñez y la adolescencia, y el anterior queda sin efecto.

El artículo 29 es la pieza que más se cita cuando el tema es primera infancia, porque allí se establece el derecho al desarrollo integral de la primera infancia. Si va a apoyarse en una sola norma, es esta y es ese artículo. El código cubre infancia y adolescencia y el artículo 29 baja el foco a los primeros años.

CONPES 109 de 2007: estrategias, metas y recursos

El CONPES 109 de 2007 es distinto a todo lo anterior, porque no es una ley ni un decreto: es un documento de política. Materializa el documento Colombia por la Primera Infancia y fija estrategias, metas y recursos para tres entidades: el Ministerio de la Protección Social, el Ministerio de Educación y el ICBF.

Su función es convertir los principios en tareas con responsable. Una ley dice qué está reconocido; un CONPES dice quién hace qué y con qué recursos. Cuando se pregunta por qué una entidad presta cierto servicio y otra no, la respuesta suele estar aquí y no en una ley.

Ley 1295 de 2009 y Decreto 0987 de 2012: foco y organización

La Ley 1295 de 2009 reglamenta la atención de los niños y niñas de la primera infancia en los sectores 1, 2 y 3 del Sisbén. Introduce un criterio de focalización: ya no se habla de la población infantil en general, sino de la clasificada en esos tres sectores.

El Decreto 0987 de 2012 hace algo de otra naturaleza: modifica la estructura del ICBF. No define derechos ni crea servicios, pero determina cómo se organiza la entidad que los presta, y con eso cambia qué dependencia responde por cada asunto.

Ley 1804 de 2016: el artículo 5 y el rango de edad

La Ley 1804 de 2016 cierra la lista. Su artículo 5 es la referencia que usa el ICBF para definir la educación inicial como derecho fundamental de las niñas y los niños desde su gestación hasta los 4 años, 11 meses y 29 días.

Ese rango es el dato más operativo del marco y aparece una y otra vez cuando se describe el alcance de la educación inicial. Fíjese en que incluye la gestación: la primera infancia empieza antes del nacimiento, y por eso hay atención para personas gestantes y no solo para niños ya nacidos.

Cómo usar estas normas sin confundirlas

Antes de citar una norma en una solicitud, una reunión o un documento, revise estos puntos en orden.

  1. Defina qué necesita sostener: un derecho, una obligación de una entidad, una meta con recursos o un criterio de focalización. Cada cosa tiene su norma.
  2. Escriba el número y el año completos. La expresión la ley de infancia no dice nada en un escrito; Ley 1098 de 2006 sí.
  3. Si cita la Ley 1098 de 2006, agregue el artículo 29; si cita la Ley 1804 de 2016, agregue el artículo 5.
  4. No confunda el CONPES 109 de 2007 con una ley: es el documento de política que asigna estrategias, metas y recursos a tres entidades.
  5. Separe el Decreto 0987 de 2012 de las normas de derechos. Reorganiza el ICBF; no cambia lo que le corresponde a un niño.
  6. Verifique el texto vigente en la fuente oficial antes de radicar: https://www.icbf.gov.co/marco-normativo-1

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